Con las últimas modificaciones a la legislación fiscal, si percibes tu salario de un sólo patrón y no tuviste ingresos adicionales, sin importar el monto de tus ingresos, NO estás obligado a presentar la declaración.
Con lo anterior el SAT espera que mucha gente no haga este trámite y por lo consiguiente no solicite reclamaciones de saldo a favor en caso de tenerlo.
Varios quizá estén pensando en no hacer su declaración puesto que ya no se encuentran obligados. Sin embargo, el presentar tu declaración tiene las siguientes ventajas:
1. Te permite que te regresen tu saldo a favor. Esta es la principal ventaja, pues te depositan a tu cuenta la cantidad proporcional a tus deducciones que presentaste. Desde este año ya puedes deducir nuevos gastos.
2. La declaración anual te sirve como comprobante de ingresos para tramitar créditos y alguna fianzas.
3. Aseguras estar al corriente con el pago de tus impuestos y mantienes tu salud fiscal.
Con la nueva versión de la Aplicación para declaraciones por Internet del SAT es muy fácil declarar dado que ya se encuentran precargados tus datos, ingresos y deducciones, sólo debes revisar que tu información sea correcta y en caso de que te falte alguna deducción la cargues manualmente, además de tener preautorizado tu saldo a favor. Ya no tienes que instalar ningún programa del SAT en tu computadora.
Con estas facilidades la recomendación es clara, debes presentar tu declaración sin importar si ganas mucho o poco. Puedes hacer tu declaración anual en menos de 10 minutos y con esto podrás obtener el saldo a favor derivado de tus deducciones el cual te lo depositarán en 5 días hábiles. Para mayor información consulta la página del SAT
Créditos hipotecarios.
Una de las deducciones que permite incrementar considerablemente el saldo a favor, son los intereses que se generen por créditos hipotecarios.
La devolución de intereses reales pagados, se puede solicitar en cualquier momento del año, pero es conveniente hacerlo antes del 30 de abril que es la fecha límite para presentar la declaración anual. Las instituciones financieras que perciban ingresos por este tipo de intereses te deben proporcionar una constancia anual, a más tardar el 15 de febrero y debe especificar el monto de los intereses nominales devengados y pagados en el año y aparecer por separado el monto pagado de los intereses reales.
Al igual que el resto de las deducciones, los intereses reales hipotecarios ya se encuentran precargados en el sistema.
Recuerda también que no hay límite de deducción de intereses de créditos hipotecarios, es decir que se pueden deducir los intereses reales pagados efectivamente por todos los créditos contratados, siempre que sean para la compra de una casa habitación, sean pagados por ti y cumplan con los límites globales de deducción.
Límites de deducción
El monto total de las deducciones personales (excepto donativos y estímulos fiscales) no puede exceder de cuatro salarios mínimos generales anuales o de 10% del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
Cuatro salarios mínimos anuales:
$98,243.40 para la zona geográfica A
$93,104.20 para la zona geográfica B
Con que me identifico en el sistema
Para presentar tu declaración por Internet solo necesitas tu contraseña del SAT. Tu e.firma únicamente la usarás si tu saldo a favor es mayor a 50 mil pesos, declaras por primera vez o si vas a utilizar una cuenta bancaria que no hayas utilizado en declaraciones anteriores.
Presenta tu declaración por teléfono
Otra facilidad es que si eres asalariado puedes declarar por teléfono, siempre y cuando tengas menos de 26 facturas para deducir y tu saldo a favor sea menor a 10 mil pesos.
Tipos de deducciones
DEDUCCIÓN | REQUISITOS |
Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios. | Pagados para el contribuyente, cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos. Incluye todas las especialidades médicas, dentales, nutricionales además de psicólogos. También se incluyen lentes, aparatos ortopédicos, gastos hospitalarios y de reahabilitación. |
Gastos funerarios | Sólo la cantidad que no exceda del salario mínimo general de su área geográfica elevado al año. |
Primas por seguros de gastos médicos | Independientes de los servicios de salud públicos. No aplican seguros de vida o similares. |
Intereses reales pagados | Devengados y efectivamente pagados durante el año al que corresponda la declaración.
Por créditos hipotecarios utilizados para la construcción o remodelación de casa habitación contratados con las instituciones del sistema financiero o con instituciones públicas como el INFONAVIT o FOVISSSTE, siempre por debajo de un 750 mil unidades de inversión (UDIS). |
Donativos no onerosos ni remunerativos | El monto no debe exceder el 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta. |
Aportaciones complementarias de retiro | Realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro.
Las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias de tu AFORE. El monto de esta deducción es como máximo de 10% de tus ingresos acumulables en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan de cinco salarios mínimos generales de su área geográfica elevados al año. |
Transportación escolar | Transporte de hijos y nietos. Sólo si la escuela obliga a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte. |
El importe de los estímulos fiscales por: | Depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro.
Pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión. El monto que me puedo deducir por estos conceptos no debe exceder de 152,000 pesos. |
También consulta: ¿Cómo hacer tu declaración anual por teléfono?