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¿Cómo declarar los ingresos de Adsense, YouTube y similares?

He conocido a varias personas que obtienen ingresos mediante publicidad en sus sitios de Internet y desconocen las obligaciones fiscales que se tienen en México respecto a esos ingresos, hasta que llega el momento desafortunado en que el SAT les envía un citatorio.

Dia con día el SAT establece mecanismos para que sea más difícil evadir el pago de impuestos en México. Hay que recordar que toda actividad que genere un ingreso debe pagar el impuesto correspondiente, esto incluye los sitios y blogs de Internet que reciben ingresos derivados de publicidad, comisiones por ventas de asociados, donaciones entre otros, independientemente del monto de los ingresos que perciban.

Tabla de contenidos

¿Qué sucede si no declaro mis ingresos al SAT?

Dado que la mayoría de los ingresos nos los depositan directamente a una cuenta a nuestro nombre, estos ingresos son fiscalizables por parte del SAT y si no los declaramos, tarde o temprano el SAT los identificará y nos enviará un citatorio para aclarar la procedencia de los mismos, declararlos y pagar el impuesto correspondiente, adicional a los recargos y multas.

Imagina que recibiste ingresos por $3,000 mensuales de publicidad por 4 años, dando un total de $144,000, pasados esos 4 años el SAT identifica el patrón de ingresos que recibes en tu cuenta y se percata que no los estás declarando, en ese momento te pedirá pagues los impuestos de los $144,000 que serían de entrada $23,040 de IVA más los recargos y multas. Esta situación como seguramente no la tenías planeada te podrá generar inconvenientes y problemas económicos dado que el pago de esos impuestos y multas no lo tenías contemplado.

Es cuestión de suerte, existen personas que llevan más de 5 años sin declarar sus ingresos y Hacienda no les ha enviado citatorios, por otra parte, hay personas que en el primer año de no declarar les llega el citatorio.

La recomendación es que no lo dejes a la suerte y declares los ingresos que percibas de tus páginas, blogs y canales de YouTube para evitar un mal rato en el futuro. No importa si vas empezando y sólo ganas $1,000 mensuales.

¿Conviene acudir con un contador para declarar mis ingresos?

Si lo tuyo no nos los números o tienes varias fuentes de ingresos, la recomendación es que acudas con un despacho contable para que ellos lleven tu contabilidad y declaraciones. En contador se encargá de contabilizar y validar tus deducciones, así como presentar tus declaraciones en tiempo y forma, también te indicarán el monto de impuestos que debes de pagar. Existen contadores independientes que te ofrecen un servicio de contabilidad básica por menos de $500 mensuales. Los despachos contables conocen bien las leyes fiscales y sus reformas, por lo que harán lo pertinente para que pagues la menor cantidad de impuestos y reducir las posibilidades de que el SAT te haga una observación. Al contratar a un contador enfocarás tu esfuerzo en tu negocio, página o canal para ser más productivo y así generar más ingresos.

Por otra parte, si le entiendes a los números y estás empezando a generar ingresos tú mismo puedes llevar tu contabilidad. Hay mucha gente que lleva por si misma su contabilidad, los sistemas del SAT han evolucionado demasiado y cada vez es más fácil presentar las declaraciones.

Pasos para declarar ingresos por publicidad de Adsense, Youtube y similares

Darte de alta en el SAT

Si no tienes RFC, lo primero que debes de hacer es acudir al SAT para tramitarlo y de esta forma puedas emitir tus facturas y presentar tus declaraciones. Es muy fácil sólo acude a la oficina del SAT más cercana a tu domicilio e inscríbete como persona física con actividad empresarial o bajo el régimen de incorporación fiscal. En la página del SAT (URL) puedes sacar una cita para este trámite y consulta la documentación que debes de llevar. Aprovecha la visita para tramitar también tu e-firma para que puedas acceder al portal de Internet.

Si actualmente trabajas para alguna empresa seguramente ya estás dado de alta como asalariado, en este caso sólo deberás agregar la obligación fiscal (persona física con actividad empresarial o bajo el régimen de incorporación fiscal), este trámite lo hacer directamente en la página del SAT.

Régimen de incorporación fiscal RIF

Si estás empezando a recibir ingresos y estos no superan los 2 millones de pesos anuales, puede que te convenga suscribirte a este régimen, de esta manera reducirás considerablemente tus impuestos que pagarás y sólo presentarás declaraciones bimestrales. Puedes tener este régimen al mismo tiempo que recibes ingresos por sueldos y salarios. Selecciona ingresos por servicios, Agencias de publicidad y mercadeo. Consulta mayor información acerca del RIF.

Obtén tus certificados para facturar

Una vez que tienes tu RFC y tu e-firma solicita tu sello digital, se trata de 2 archivos con los que podrás emitir y timbrar tus facturas de los ingresos que percibas. Estos archivos los puedes obtener la página del SAT.

Con estos certificados podrás generar tus facturas electrónicas, para ello existen 2 opciones:

Usar la plataforma del SAT, es recomendable si generas lo mucho 5 facturas al mes, el servicio es completamente gratuito y ofrece funcionalidad básica.

Usar el servicio de un proveedor autorizado de certificación, las plataformas de estos proveedores cuentan con mayores funcionalidades que te facilitan la generación de facturas y tu contabilidad. Te cobran por volumen de facturas emitidas. Consulta los proveedores autorizados.

Genera tus facturas

Cada vez que tengas in ingreso depositado en tu cuenta deberás de generar la factura correspondiente, la mayoría de los servicios de publicidad y asociados hacen cortes mensuales en los que depositan a tu cuenta los ingresos generados en el periodo.

Deberás generar una factura por cada depósito que tengas, si un proveedor te hace 2 depósitos en un mes, debes de generar 2 facturas.

Datos de la factura

Incluye en la factura los datos fiscales de la empresa que te deposita (RFC, Razón social, domicilio, CP, estado)

Si la empresa que te deposita no te solicita factura, tal es el caso de Google Adsese y Youtube ingresa los siguientes datos:

Usa el RFC genérico XAXX010101000 o para depósitos desde el extranjero usa el XEXX010101000

Razón social: “Ventas al público en general”

Los datos del domicilio quedan vacíos, sólo indica en el campo país “México”

Otros datos de la factura

Unidad de medida: No aplica

Forma de pago: Contado

Método de pago: 03 Transferencia de fondos

Descripción: Una descripción del servicio que estás ofreciendo, por ejemplo “Venta de espacios publicitarios”

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IVA: 16%

Algunas empresas te indicarán como llenar las facturas para que te sean aceptadas, tal es el caso del programa de asociados de Amazon.

Envía tus facturas

Proporciona a la empresa que te depósito el PDF y XML de la factura, algunas permiten que subas esta información directamente en su portal.

Si expediste facturas con los RFC genéricos XAXX010101000 o XEXX010101000 estas no las debes de enviar a nadie, sólo son para control de tus ingresos.

Genera tu declaración mensual o bimestral

Si te encuentras bajo el régimen de Incorporación Fiscal, deberás presentar tu declaración bimestralmente con los ingresos y egresos que tuviste durante el periodo.

Las declaraciones se hacen directamente en el portal del SAT. Dentro de la página del SAT, después de firmarte con tu usuario y contraseña accede a la aplicación “Mis Cuentas” y allí elegir la opción “Mis Declaraciones” y luego “Incorporación Fiscal”.

Básicamente se calcula lo que deberás de pagar por concepto de IVA a una tasa del 16%. Por ejemplo, si recibiste ingresos por $10,000, deberás de pagar $1,379 de IVA. Al hacer tu declaración de indicarán la fecha límite para que realices el pago, siempre se pagan al mes siguiente, los impuestos de tus facturas de enero los debes pagar en febrero.

Ahora bien, para reducir el IVA que pagas puedes presentar deducciones, de productos o servicios relacionado con el servicio que estás proporcionando, por ejemplo, tu renta de Hosting, dominios, licencias de software, etc.

En el ejemplo anterior entonces nos toca pagar $1,379.31 de IVA, pero pagaste $1,500 de hosting y $2,000 de licencias de software con esto tienes un total de gastos de $3,500, por lo que de los $10,000 que ganaste les restas $3,500 de tus gastos y te quedan $6,500 que será la nueva cantidad sobre la cual deberás pagar impuestos, por lo que con tus deducciones ahora sólo pagarás $897 de IVA.

Que gastos puedo deducir

Recuerda que, de cada una de tus deducciones, debes tener una factura que ampare este gasto a tu nombre y con tus datos fiscales tanto en formato PDF como XML. No puedes amparar una deducción si no tienes factura.

Puedes deducir cualquier gasto siempre y cuando sea estrictamente indispensable para el servicio que estás proporcionando.

Por ejemplo, puedes deducir la laptop que usas para trabajar, pero no puedes deducir la tableta que usar para leer e-books en tu tiempo libre.

Si monetizas una página de Internet o recibes ingresos de YouTube, estos son algunos ejemplos de los gastos que puedes deducir:

  • Renta del servicio de Hosting
  • Dominios y certificados de seguridad
  • Renta de la conexión a Internet
  • Servicios de publicidad como AdWords, Facebook Ads o similares
  • Software: Licencias de software, suscripciones mensuales, software de edición de imágenes y video, plantillas y plugins de WordPress y similares.
  • Hardware: Computadoras personales, cámaras, micrófonos.

Si te encuentras bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, no deberás pagar impuestos durante los primeros meses, sin embargo, es conveniente que aun así cargues tus deducciones, de lo contrario puedes levantar sospechas con el SAT cuando más adelante quieras deducir algún gasto.

En caso de que contrates a un contador, él te podrá orientar en los gastos que puedes deducir para reducir al máximo la cantidad de impuestos que tengas que pagar.

Para más información respecto a la deducción de los servicios que prestan plataformas digitales en el extranjero como Zoom, Spotify, Hostinger, etc. consulta aquí. En México, estas empresas están obligadas a cobrar IVA. Recuerda dar de alta tu RFC en sus sistemas de facturación para que te emitan los comprobantes correspondientes.

¿Cómo se declaran los ingresos de PayPal?

Al momento de la publicación de este artículo, no existen leyes en México que regulen los ingresos que se obtienen por medio de plataformas como PayPal, siempre y cuando no trasfieras tus fondos de PayPay a tu cuenta bancaria de un banco mexicano (Bancomer, Banamex, etc.)

Si recibes ingresos de PayPal, la recomendación es que los gastes en la misma plataforma para adquirir productos o servicio de uso personal, no los ocupes para cubrir gastos que puedas deducir.

Por otra parte, si necesitas trasferir dinero de tu cuenta PayPal a tu cuenta bancaria, deberás de expedir una factura de “Ventas al público en general” con un RFC genérico, de esta forma amparas el ingreso.

¿Cómo deducir gastos de servicios en el extranjero?

Seguramente ocupas algún servicio proporcionado por alguna empresa que no tiene oficinas en México como Buffer, ChimpMail, o cualquier servicio que te cobran en moneda extranjera. Las empresas extranjeras no están obligadas a expedirte facturas que cumplan con la normatividad mexicana, RFC, CFDI y mucho menos te proporcionarán el archivo XML.

Este tipo de gastos deberán ser tratados como importación de bienes o servicios intangibles, al ser servicios intangibles, no están regulados por la ley mexicana aduanera, sin embargo, están regulados por las leyes del ISR e IVA.

En estos casos deberás solicitar un comprobante de tu compra, expedido por la empresa extranjera a la que le pagas con los siguientes requisitos:

  1. Nombre, denominación o razón social; domicilio y, en su caso, número de identificación fiscal, o su equivalente, de quien lo expide.
  2. Lugar y fecha de expedición.
  3. Tu clave en el RFC o en su defecto tu nombre completo.

A estas facturas les deberás de sumar el IVA correspondiente, dado que sólo estás pagando el impuesto aplicable en el país de la empresa extranjera y aún no te cobran impuestos mexicanos.

Conclusiones

Si recibes ingresos de Adsense, YouTube, ClicBank, Amazon Afiliados o plataformas similares debes de declararlos al SAT y pagar los impuestos correspondientes.

Si tus ingresos son pocos puedes optar por hacer tú mismo tus declaraciones y llevar tu contabilidad. Por otra parte, si tienes varias fuentes de ingresos la recomendación es que contrates a un contador o despacho contable para que se encarguen de hacer tus declaraciones y lleven tu contabilidad.

* YouTube, Adsense, PayPal, Amazon, Buffer y Facebook son marcas registradas.

Nota redactada el 14-Ago-2019

Ver comentarios

  • Que pasa con el ISR, también lo tenemos que pagar?si es asi, como se calcula?

  • la factura para Google Adsence deberá realizarse a tasa 16% o a tasa 10% ?

  • SI TENDRIAS QUE REALIZAR UNA FACTURA POR CADA DEPOSITO POR VENTAS AL PUBLICO EN GENERAL.

  • Excelente aportación!!!
    Me aclaró dudas que traía desde hace tiempo.
    Gracias

  • Muy buena información, tengo una duda al respecto...
    Facebook me deposita a PayPal y de ahí se transfieren en automático a mi cuenta bancaria. ¿ Debo registrar una factura por ventas al público en general por cada transferencia con el rfc genérico xaxx o xexx?

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Publicado por
Federico Castellano

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